Martes 20 de abril de 2010, p. 7
En el proyecto de Ley de Seguridad Nacional que se presentó anoche a las comisiones unidas de Seguridad Pública, de Gobernación y de Estudios Legislativos del Senado de la República, se eliminó todo lo referente al fuero castrense, con lo cual “los militares que participan en operativos de seguridad pública no van a estar sujetos al poder civil”. Es decir, se precisa que los delitos que cometan las fuerzas armadas serán juzgados por la jurisdicción competente
.
De igual forma, en el título séptimo, relativo a la seguridad interior, en lo que es el procedimiento para declarar la existencia de una afectación en este rubro, se subraya que si la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente emiten opinión no favorable para dicha declaratoria, el consejo podría reiterar la petición y, si se ratificara en sentido negativo, el Ejecutivo federal podrá publicar la declaratoria bajo su más estricta responsabilidad y sólo si dicha declaratoria hubiere sido presentada por una autoridad local
.
Otro de los rubros que causaron una breve discusión fue el referente a los retenes. El perredista Pablo Gómez precisó que una cosa es un retén y otra que te revisen. La Constitución dice que nadie puede afectarte en tus cosas sin que esté autorizado para ello. Los retenes son lugares de inspección cuando se busca a alguien; se cierran los caminos, se busca a los delincuentes organizados. Eso lo hay en cualquier parte del mundo. Lo que hay que definir aquí es en qué consiste esa revisión, para qué es, cuáles son las garantías que te da. Como no tenemos una ley del uso legítimo de la fuerza, un soldado dispara y no tiene que argumentar que el otro estaba armado, esto no es estado de excepción
.
El proyecto de dictamen no fue discutido ayer, sólo se le dio lectura y tiene modificaciones de fondo, de redacción y de contenido con respecto al anterior. Incluso, en la lectura que se hizo anoche del documento se expresaron 23 reservas que serán analizadas este martes.
Un tema que ocupó la mayor parte de las intervenciones fue el procedimiento para declarar la existencia de una afectación a la seguridad interior, porque de ese capítulo, en el artículo 69, se eliminaron las propuestas de PRI y PRD relativas a que en tareas de auxilio de la fuerza armada, para participar en labores de seguridad pública, estarían subordinadas a la autoridad civil, y los delitos y violaciones a los derechos humanos que cometieran los militares en este tipo de operaciones serían competencia de la autoridad civil
.
Esta propuesta había sido objetada con anterioridad por la Secretaría de Gobernación, y ayer simplemente se eliminó del proyecto de dictamen.
En la discusión, el presidente de la Comisión de Seguridad Pública, el panista Felipe González, y el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, su correligionario Alejandro Zapata Perogordo, sostuvieron que los militares de ninguna manera estarán subordinados a la autoridad civil. Sólo estarán subordinados al Presidente de la República
. Y expusieron además que cuando los militares son solicitados para apoyar a la autoridad civil para perseguir a los delincuentes, los debe juzgar el tribunal militar, por eso le estamos dando este marco jurídico
, subrayó el senador González.
El perredista Pablo Gómez le preguntó:
–¿Me dice que cuando un soldado auxilie a la policía que no funciona, como en la carretera de Nuevo Laredo donde los militares mataron a dos niños, ese soldado, por el hecho de estar auxiliando a la policía, debe ser juzgado por el tribunal militar?
–Sí, porque va a ser más dura la sanción.
Gómez Álvarez reviró:
–Senador Felipe González, no se ha abierto proceso penal contra nadie por la muerte de esos dos niños.
–Tenemos que discutir el fuero militar. Aquí dice que se refiera a ley en la materia.
El senador perredista volvió a la carga.
Esto lo vuelve inconstitucional. La Constitución dice que cuando en hechos militares se vean involucrados paisanos (sic) deberá de conocer la justicia civil.
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