Si se toma como eje Convención Belem Do Pará
Sentencia sobre Campo Algodonero sentará precedente para AL
Por Lourdes Godínez Leal
México DF, 17 agosto 09 (CIMAC).- La sentencia que emita la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) contra el Estado mexicano, que se espera a finales de este mes o en septiembre próximo, por el caso del Campo Algodonero en Ciudad Juárez, sentará un precedente para toda América Latina en el tema del feminicidio, si se analiza a fondo y teniendo como eje principal la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Belém Do Pará).
Así lo señalaron los abogados peticionarios ante esta instancia, Karla Michel Salas y David Peña, quienes explican que el caso del Campo Algodonero es el primero en llegar al Sistema Interamericano de Derechos Humanos por violación a los derechos humanos de las mujeres y que demuestra, según su argumentación jurídica, que no es un caso aislado sino que forman parte de un patrón sistemático de violación a los derechos humanos de las mujeres por el sólo hecho de serlo. De ahí, señalan, la importancia de la resolución de la Corte.
Cabe recordar que originalmente fueron 8 los cadáveres hallados en este predio conocido como Campo Algodonero los días 6 y 7 de noviembre de 2001, pero únicamente tres fueron presentados ante el Sistema Interamericano, ya que del total tres resultaron no corresponder a las identidades adjudicadas por las autoridades de acuerdo al informe presentado por el Equipo Argentino de Antropología Forense.
Es por ello que solamente se presentaron los casos de Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Berenice Ramírez, mismos que fueron admitidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en marzo de 2006 y un año más tarde, en diciembre de 2007, por la CoIDH.
Los representantes legales de las tres madres de las víctimas de este caso dijeron a Cimacnoticias que “esperan que esta instancia internacional analice y emita la sentencia del caso a la luz de la Convención Belém Do Pará, lo que servirá de precedente para todas las violaciones de derechos humanos de las mujeres de la región”.
Karla Michel Salas detalló que tras estos 7 años de trabajo que llevan ya en el caso de Ciudad Juárez, lo que buscan con la sentencia de la Corte es “meterla en el fondo del asunto, ya que para alcanzar la justicia tiene que conocer de todos los casos y saber que las mujeres asesinadas y desaparecidas en su mayoría eran migrantes, niñas, pobres, lo que implicaría un análisis más a fondo de la Belém Do Pará”, insistió.
PERMISIBILIDAD SOCIAL, FACTOR DE IMPUNIDAD
Para David Peña, la violencia de género, la impunidad y la permisibilidad social en esta entidad fronteriza con Estados Unidos han fomentado la escalada de violencia en contra de las mujeres, tan sólo en lo que va de este año, informó, van 22 mujeres desaparecidas todas ellas menores de edad (entre 12 y 17 años de edad), lo que significa una desaparición al mes.
Pese a que se ha documentado reiteradamente la ineficacia de las autoridades para iniciar las investigaciones en caso de las desapariciones, a la fecha no se han cambiado los protocolos de investigación y las madres tienen que esperar las 72 horas para denunciarlas y todo ello observó, también fue documentado ante la CoIDH.
De acuerdo a los abogados Salas y Peña, durante la audiencia sostenida el pasado 28 de abril para este caso, los jueces de la Corte reconocieron que existen graves violaciones a los derechos humanos de las mujeres, por lo que ésta tendrá “la oportunidad de evaluar las acciones del Estado mexicano para terminar con la violencia en Juárez”.
SE ESPERAN MÁS QUE RECOMENDACIONES
Además precisaron que el Estado mexicano reconoció la existencia del feminicidio en la entidad, así como en otras partes de la República Mexicana, por lo que agregaron que la sentencia de la Corte será el primer instrumento internacional jurídico que reconocería al feminicidio, no propiamente con una definición jurídica, pero sí habría un reconocimiento como tal.
Por ello es que sus expectativas son que la sentencia sea condenatoria y que vaya más allá de “recomendaciones”.
Precisaron que dentro de las reparaciones pidieron a la Corte se pronuncie para que exista una prohibición expresa para los servidores públicos de negar la existencia del feminicidio o minimizarlo, así como culpar a las víctimas.
También la indemnización del daño moral, material y económico para las familias de las víctimas y garantías de no repetición, para lo cual solicitan medidas de carácter legislativo como la modificación del Protocolo Alba, que funciona como una especie de alerta para las autoridades, en caso de reportarse la desaparición o extravío de una mujer y que tiene como finalidad la articulación de acciones por parte de las autoridades para su localización, mismo que entró en vigor en la entidad el 12 de mayo de 2005.
Asimismo, pidieron claridad en el tema de la atracción para que la Federación pueda conocer de casos de violación a derechos humanos de mujeres y que haya un protocolo específico de investigación para los homicidios de mujeres.
También pidieron que el Estado mexicano establezca leyes concretas y específicas para el apoyo a las víctimas.
Finalmente señalaron que dependerá del resultado de la sentencia que más casos lleguen al Sistema Interamericano, donde actualmente se encuentran aún en espera de respuesta por parte de la CIDH dos casos más de femincidio: el de Lilia Alejandra Andrade y de Silvia Elena Rivera, presentados en 2002 ante esta instancia
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