11 sept 2009

Por responsabilidad en la violación contra Valentina Rosendo

Demanda la Comisión Interamericana de DH al Estado mexicano

Por Lourdes Godínez Leal

México, DF, 9 sep. 09 (CIMAC).- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) una demanda contra el Estado mexicano por su responsabilidad en la violación y tortura de la indígena Me`phaa Valentina Rosendo Cantú por parte de militares, ocurridas en 2002 en Guerrero y donde le pide que se pronuncie en el mismo sentido.

En un comunicado difundido hoy, la CIDH informó que dicha demanda se presentó ante la CoIDH el pasado 2 de agosto y en ella culpa al Estado mexicano por la falta de una debida diligencia en la investigación y sanción de los responsables de la violación sexual de Valentina y, también, por la falta de reparación adecuada a favor de ella y de su familia (incluida su hija).

La demanda describe, además, cómo el fuero militar es utilizado para investigar y juzgar las violaciones a los derechos humanos, así como las dificultades que enfrentan las personas indígenas, en particular las mujeres, para acceder a la justicia y servicios de salud.

En su petición, la CIDH solicita a la Corte que concluya y declare la responsabilidad del Estado mexicano por la violación de garantías judiciales y el derecho a la protección judicial en perjuicio de Valentina, y por otras violaciones a sus derechos humanos, como a la integridad personal, a la honra y a la dignidad.

Asimismo, pide que se declare la violación del artículo 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres (Belém do Pará) y de la Convención Interamericana para prevenir y sancionar la tortura.

En su demanda, la CIDH, que admitió el caso de Valentina en octubre de 2006, también solicitó que la CoIDH ordene al Estado mexicano realizar y completar una investigación de manera oportuna, inmediata e imparcial en la jurisdicción penal ordinaria mexicana para esclarecer los hechos.

Que se repare a Valentina y a su hija por las violaciones a los derechos humanos mencionadas en el informe de fondo de la CIDH emitido en marzo de 2009 durante el 134 periodo ordinario de sesiones de la CIDH y que se le exija adopte las medidas necesarias para que la jurisdicción militar tenga un alcance restrictivo y excepcional, que se limite sólo a juzgar a militares que cometan faltas a la disciplina castrense y que se adopten las medidas legislativas, administrativas o de otra índole, necesarias para que el fuero militar quede excluido de conocer las violaciones a derechos humanos, particularmente los casos de violencia sexual.

Se informó también que conforme a los artículos 23 y 24 del reglamento de la CoIDH, se designó al Comisionado Florentín Meléndez y a su secretario ejecutivo, Santiago Cantón, como los delegados del caso, así como a la Secretaria ejecutiva adjunta Elizabeth Abi-Mershed y a las abogadas Isabel Madariaga, Rosa Velorio y Fiorella Metzi como asesoras legales.

Recordó que la Corte Interamericana es competente para conocer del caso, toda vez que el Estado mexicano se adhirió a la Convención Americana el 2 de marzo de 1981 y aceptó la jurisdicción contenciosa del organismo internacional el 16 de diciembre de 1998. También, porque ratificó la Convención Belém do Pará el 12 de noviembre de 1998 y la de la Tortura el 22 de junio de 1987.

Cabe recordar que el trámite de petición del caso de Valentina fue presentado ante la CIDH el 10 de noviembre de 2003. El 21 de octubre de 2006, ésta emitió el informe de admisibilidad número 93/06.

El 26 de abril de 2007, la CIDH hizo al Estado mexicano las observaciones de los peticionarios sobre el fondo y le otorgó un plazo de dos meses para presentar sus puntos de vista; el Estado respondió en julio del mismo año.

El 12 de octubre de 2007 la CIDH realizó una audiencia pública con los peticionarios del caso, Valentina y representantes del Estado.

El 27 de marzo de 2009, la Comisión aprobó el informe 36/09 en el que concluyó que el Estado mexicano era responsable de diversas violaciones incluidas en la Convención Americana, la Belém Do Pará y la Convención de la Tortura.

También le hizo algunas recomendaciones orientadas hacia la reparación del daño y remitir al fuero civil todos los antecedentes del caso investigado en la justicia militar.

Pese a que el Estado mexicano tenía un plazo para informar sobre las observaciones realizadas por la Comisión, éste venció el pasado 17 de julio de 2009 sin que obtuviera respuesta, por lo que el 31 de julio la CIDH decidió someter el caso a la CoIDH.

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