Con Calderón, 25 asesinatos,
incluidas las radialistas triquis
Por Gladis Torres Ruiz
México DF, 2 abril 09 (CIMAC).- Hoy el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó adiciones al Código Penal Federal, para tipificar las “conductas delictivas que impidan, interfieran, limiten o atenten contra la actividad periodística y vulneren la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación”, con lo que quedaran federalizados los delitos contra las y los periodistas.
El dictamen, validado por la Comisión de Justicia el 25 de marzo pasado, fue aprobado este día con el mínimo de votos requeridos es decir 263. Así, queda establecido en el Artículo 430 del Código Penal Federal que “será de competencia federal, el caso de un delito penal que se cometa con el propósito de impedir, interferir, limitar o atentar contra la actividad periodística”.
Quién lo hiciera se le impondrá prisión de uno a cinco años y de cien a quinientos días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, en caso de que el delito sea cometido por un servidor público en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas se aumentará hasta en una mitad la pena señalada.
Las consideraciones del dictamen de la Comisión, presidida por diputado César Camacho Quiroz, afirman que es notable que el ejercicio periodístico esté respaldado por cuerpos normativos, ya que los ataques a la libertad de expresión de las y los periodistas no sólo atentan contra ellos, sino contra los derechos de la sociedad en general.
Para lo anterior, se considera a la actividad periodística como el ejercicio de buscar, recolectar, fotografiar, investigar, sintetizar, redactar, jerarquizar, editar, imprimir, divulgar, publicar o difundir informaciones, noticias, ideas u opiniones para conocimiento del público en general, a través de cualquier medio de comunicación, así como la distribución de las mismas.
“Hay personas que, sin tener la calidad específica de ser periodista, sufren agresiones, por ello se prevé que la actividad periodística pueda realizarse de manera habitual o esporádica, remunerada o no”.
Afirma que la tipificación de las conductas que vulneren el derecho de la libertad de expresión de las y los comunicadores protege no sólo la actividad, sino también los medios de comunicación. Ya que el ámbito de protección contempla a todas las personas que intervienen en el proceso de la actividad, desde la búsqueda de la información hasta la distribución de ésta.
Puntualiza que la criminalidad en México ha aumentado considerablemente en los últimos años, en este contexto también las y los comunicadores han sido sujetos de ataques con motivo del ejercicio de su función, por lo que “corresponde al Estado cuidar que no se vulnere el derecho de la libertad de expresión”.
La Federación Latinoamericana de Periodistas (FELAP-México), señala que en los 27 meses de la actual administración federal han ocurrido 25 homicidios de comunicadores, prácticamente uno por mes, entre ellos los de Teresa Bautista Merino y Felicitas Martínez Sánchez, comunicadoras triquis de la radiodifusora La Voz que Rompe el Silencio, en Oaxaca, emboscadas el 7 de abril de 2008.
Con los asesinatos y desapariciones de los primeros meses del año, México mantiene el primer lugar en el mundo en atentados a informadores y medios, afirma la FELAP y señala que en los últimos 8 años 3 meses su registro de arroja una lista de 55 periodistas asesinados, cerca de 7 al año, y todos los casos yacen en la impunidad.
México DF, 2 abril 09 (CIMAC).- Hoy el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó adiciones al Código Penal Federal, para tipificar las “conductas delictivas que impidan, interfieran, limiten o atenten contra la actividad periodística y vulneren la libertad de expresión de periodistas y medios de comunicación”, con lo que quedaran federalizados los delitos contra las y los periodistas.
El dictamen, validado por la Comisión de Justicia el 25 de marzo pasado, fue aprobado este día con el mínimo de votos requeridos es decir 263. Así, queda establecido en el Artículo 430 del Código Penal Federal que “será de competencia federal, el caso de un delito penal que se cometa con el propósito de impedir, interferir, limitar o atentar contra la actividad periodística”.
Quién lo hiciera se le impondrá prisión de uno a cinco años y de cien a quinientos días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, en caso de que el delito sea cometido por un servidor público en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas se aumentará hasta en una mitad la pena señalada.
Las consideraciones del dictamen de la Comisión, presidida por diputado César Camacho Quiroz, afirman que es notable que el ejercicio periodístico esté respaldado por cuerpos normativos, ya que los ataques a la libertad de expresión de las y los periodistas no sólo atentan contra ellos, sino contra los derechos de la sociedad en general.
Para lo anterior, se considera a la actividad periodística como el ejercicio de buscar, recolectar, fotografiar, investigar, sintetizar, redactar, jerarquizar, editar, imprimir, divulgar, publicar o difundir informaciones, noticias, ideas u opiniones para conocimiento del público en general, a través de cualquier medio de comunicación, así como la distribución de las mismas.
“Hay personas que, sin tener la calidad específica de ser periodista, sufren agresiones, por ello se prevé que la actividad periodística pueda realizarse de manera habitual o esporádica, remunerada o no”.
Afirma que la tipificación de las conductas que vulneren el derecho de la libertad de expresión de las y los comunicadores protege no sólo la actividad, sino también los medios de comunicación. Ya que el ámbito de protección contempla a todas las personas que intervienen en el proceso de la actividad, desde la búsqueda de la información hasta la distribución de ésta.
Puntualiza que la criminalidad en México ha aumentado considerablemente en los últimos años, en este contexto también las y los comunicadores han sido sujetos de ataques con motivo del ejercicio de su función, por lo que “corresponde al Estado cuidar que no se vulnere el derecho de la libertad de expresión”.
La Federación Latinoamericana de Periodistas (FELAP-México), señala que en los 27 meses de la actual administración federal han ocurrido 25 homicidios de comunicadores, prácticamente uno por mes, entre ellos los de Teresa Bautista Merino y Felicitas Martínez Sánchez, comunicadoras triquis de la radiodifusora La Voz que Rompe el Silencio, en Oaxaca, emboscadas el 7 de abril de 2008.
Con los asesinatos y desapariciones de los primeros meses del año, México mantiene el primer lugar en el mundo en atentados a informadores y medios, afirma la FELAP y señala que en los últimos 8 años 3 meses su registro de arroja una lista de 55 periodistas asesinados, cerca de 7 al año, y todos los casos yacen en la impunidad.
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