9 mar 2010

SCJN cierra las puertas de la PGR
a investigaciones de la CNDH


La redacción

MÉXICO, D.F., 9 de marzo (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró hoy las puertas a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) para que pueda investigar presuntas violaciones a las garantías fundamentales cometidas por funcionarios de la Procuraduría General de la República.


Por siete votos contra cuatro, el pleno de la Corte declaró constitucional la reforma a la Ley Orgánica de la PGR, aprobada en mayo de 2009, que la autoriza a proporcionar información a la CNDH “siempre que no ponga en riesgo investigaciones en curso o la seguridad de las personas”.


El año pasado, José Luis Soberanes Fernández, entonces titular de la Comisión, promovió un recurso de inconstitucionalidad en contra de dicha reforma, en especial, del artículo 5 de la Ley Orgánica de la PGR. Consideró que se anulaba la posibilidad de proteger los derechos humanos de las víctimas de abusos cometidos por miembros de la Procuraduría.

Soberanes argumentó que la reforma a dicho artículo dota de facultades discrecionales a la Procuraduría e impediría a la Comisión investigar violaciones a derechos humanos cometidas por funcionarios de la PGR. Sus argumentos fueron rechazados por siete de los 11 ministros.

El ministro Fernando Franco González Salas, encargado de dictaminar el caso, propuso validar la reforma, ya que sus preceptos no violan los preceptos constitucionales. La moción fue apoyada por siete ministros.

En contra de la propuesta votaron los ministros Juan Silva Meza, José Ramón Cossío, Olga Sánchez Cordero y el presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia, quien al oponerse calificó de “terrible” que se le otorgue a la Procuraduría la facultad para no entregar documentos a otro órgano de Estado.

¿Qué pasa si la información del Ministerio Público es indispensable para que pueda haber un pronunciamiento sobre violación o no de derechos humanos?”, cuestionó.

Por su parte, el ministro Cossío cuestionó que independientemente de las condiciones difíciles que se viven en el país derivadas de la delincuencia, un órgano de Estado no puede negarle información a otro órgano de Estado.

“Yo puedo entender que estamos en problemas en temas de seguridad en la país, que tenemos condiciones difíciles, pero estamos hablando de órganos del Estado, no de particulares que están tratando de obtener información”, agregó.

En respuesta, el ministro Arturo Zaldívar consideró “elemental” que se protejan las investigaciones, “por más que la CNDH proteja derechos fundamentales”.

“¿Alguien puede argumentar con toda certeza que la información entregada a la CNDH no puede ser filtrada por ninguno de sus empleados, cuál sería el riesgo para las investigaciones con el momento que vive el País?”, cuestionó.

Cossío reviró. Le recordó al ministro Zaldívar que la mayoría de las filtraciones de la información contenida en las averiguaciones ha surgido de la propia PGR.

La ministra Margarita Luna recordó que el artículo 20 de la Constitución señala que las constancias de las investigaciones sólo pueden abrirse al inculpado una vez que han sido turnadas a un juez, no en la etapa de averiguación, y que la propia Corte ha establecido que los denunciantes ante la CNDH tienen derecho a revisar los expedientes de sus quejas.

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