Domingo 19 de junio de 2011, p. 21
El rechazo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a una queja que presentó en 2009 el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) sobre la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LFC) generó valoraciones encontradas de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la dirigencia del SME.
Mientras para la STPS el rechazo de la queja avalaría la acción del gobierno federal porque se apegó a derecho y no se habrían violentado ni los principios de libertad sindical ni los de la negociación colectiva, el SME indicó que esa interpretación
no sería exacta.
Martín Esparza, líder del SME, señaló que esto no es un revés
para el gremio y acusó a la STPS de estar manejando políticamente
la información, pues aseguró que la queja rechazada sólo se refiere a violaciones al Convenio 87 sobre la autonomía sindical, y lo que está pendiente es el fondo del tema del empleo y del contrato colectivo de trabajo, lo cual forma parte del Convenio 98, no del 87
.
Sin embargo, la STPS aseguró en un comunicado que la determinación se relaciona con los dos convenios. El Comité (de Libertad Sindical de la OIT) determinó que el decreto de extinción de LFC se ajustó a los principios contenidos en los convenios 87, sobre libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, y el 98, sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, ya que en todo momento se garantizaron los derechos sindicales de los trabajadores... Con lo anterior se confirma que el gobierno de México y sus instituciones han hecho prevalecer el estado de derecho en el marco de una justa defensa de los intereses de los ex trabajadores de LFC, tutelados por la legislación nacional y los convenios internacionales de los que el país es parte
.
Esparza dijo que el SME aún no ha presentado a la OIT queja sobre atropellos al Convenio 98 y que éste ni siquiera ha sido ratificado por México. La vamos a plantear en los próximos días; eso lo trabaja un grupo de expertos en derecho interncional
. Remarcó que al rechazar la queja de 2009 la OIT no está diciendo nada que no haya reconocido antes el gobierno mexicano sobre la existencia de la personalidad jurídica
del gremio, que –aseguró– era el tema de la inconformidad.
Añadió que la queja que presentará el SME se refiere a la contratación colectiva (Convenio 98) y la materia de trabajo, pues el artículo 39 de la ley dice que mientras subsista la materia de trabajo continúa la relación laboral
. Sostuvo que la interpretación gubernamental busca desanimar a los electricistas, hacerles ver que ya no hay nada que hacer
.
La determinación es parte de un informe presentado por el Comité de Libertad Sindical en la 311 reunión del consejo de administración, documento que fue aprobado por éste.
Esparza dijo que la mención del caso son cuatro renglones en los que establece no admitir la queja
, pero no dice que la extinción de LFC no violó los derechos laborales; pero la STPS lo plantea como un triunfo
.
Ayer la agencia oficial Notimex reprodujo lo expresado por el comité: Tras examinar la comunicación de fecha 26 de noviembre de 2009, las observaciones del gobierno y las nuevas informaciones que a petición del comité transmitió el SME, se estimó que la queja en cuestión no era admisible
. Agregó una entrevista con un experto laboral, quien prefirió el anonimato
y comenta que se puede concluir que el decreto de extinción de LFC no violó los principios de libertad sindical ni de negociación colectiva
.
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