Pese a comprobarse el ilícito, a lo más que aspiran es a la reposición del proceso legal
Alfredo Méndez
Periódico La Jornada
Miércoles 30 de enero de 2013, p. 12
Miércoles 30 de enero de 2013, p. 12
Las
violaciones al debido proceso de los imputados es el pan de todos los
días en México y uno los sectores que más lo padece son los indígenas
que no hablan español, a quienes comúnmente se viola su derecho a
contar con intérpretes y su presunción de inocencia.
Después de un recorrido por juzgados y tribunales del Poder Judicial
Federal (PJF) en la ciudad de México, (lo cual representa menos de 10
por ciento de los más de 700 órganos jurisdiccionales habilitados en
todo el país), La Jornada pudo documentar la existencia de al
menos 160 juicios penales en los cuales los procesados y/o sentenciados
alegan violaciones a sus garantías constitucionales.Los abusos policiacos, la carencia de traductores en todas las lenguas que se hablan en México y el acceso inadecuado a un defensor público calificado son los principales alegatos de los quejosos en sus demandas de amparo o en los recursos de apelación contra el auto de formal prisión.
Sin embargo, en la mayoría de los casos, los imputados que alegan violaciones al debido proceso sólo han obtenido amparos para reposición de procedimientos judiciales, pero no para su inmediata libertad, indicaron jueces, agentes del Ministerio Público federal y abogados de oficio entrevistados por este diario.
Los juzgadores y agentes ministeriales consultados coincidieron en que si bien están acreditadas, en muchos casos, las violaciones a los derechos de una debida defensa, presunción de inocencia y debido proceso de los inculpados, hasta el momento no existe jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o de tribunales colegiados de circuito que obliguen a los jueces a conceder la inmediata libertad cuando se demuestren ese tipo de violaciones.
Por ahora lo más que podemos hacer es conceder amparos para efectos de reposición de procedimientos, a fin de que si no se valoraron ciertas probanzas, o si no se respeto, por ejemplo, el derecho a un traductor de un procesado indígena, se vuelva a realizar el juicio, limpiando los vicios de forma o derivados de violaciones procesales, para que se emita una nueva sentencia, refirió un juez de amparo penal consultado por este diario.
Los abogados de oficio entrevistados –quienes al igual que jueces y agentes del Ministerio Público accedieron a hablar con La Jornada siempre que no se mencionara sus nombres– indicaron que son miles los procesos penales que se desahogan actualmente en juzgados de todo el país y en los que hubo alguna violación al debido proceso.
Explicaron que el caso de Florence Cassez, liberada la semana pasada por la SCJN por violaciones a sus derechos constitucionales de debida defensa, presunción de inocencia y derechos consulares, es un
garbanzo de a libra, el cual de ninguna manera implicará que de ahora en adelante los jueces federales resuelvan en el mismo sentido.
No nos confundamos: el caso de esta señorita francesa (Florence Cassez) no es jurisprudencia. Es sólo un criterio aislado de tres ministros de nuestro máximo tribunal constitucional, pero de ahí a que sea obligatorio para nosotros, para nada, sostuvo uno de los jueces entrevistado.
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