2 ago 2010

Reporte del Centro ProDH

Supervía carece de sustento legal para iniciar obras: vecinos dicen a autoridades
  • La documentación presentada por la constructora carece de formalidad y especificidad.
  • No se demuestra que se cumpla con el reglamento de la ley de obras públicas, con el visto bueno de la Secretaría de Protección Civil, ni de la Conagua.
  • Necesaria una mesa de diálogo público y real entre las partes ante la CDHDF.

Difusión Cencos México D.F., 30 de julio de 2010

Boletín de prensa

ProCiudad, ProContreras, miembro del Frente Amplio contra la Supervía, comunicamos por este medio, una vez estudiada y analizada en su conjunto la carpeta que el día 28 del presente mes y año nos entregó la constructora como comprobante del permiso para iniciar las obras de demolición en la colonia La Malinche, y donde dice contener los documentos indispensables para el inicio de la obra pública denominada Supervía poniente, que:

En primer término, la documentación corresponde a información que de alguna forma se ha ubicado en la página de internet del Gobierno del Distrito Federal para el caso de las obras de la ciudad; sin embargo, de la misma sólo ubicamos una memoria descriptiva y un aviso de inicio de obra.

En segundo lugar, falta el estudio de impacto urbano que la propia empresa concesionaria reconoce necesaria en torno a esta obra (página 5 de su resumen público de MIA), y que exige claramente la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal (artículo 60 y siguientes), vigente en la fecha en que el gobierno autorizó esta obra vial.

En tercer lugar, está pendiente de llevarse a cabo la consulta pública a la que por ley se encuentra obligado el gobierno capitalino (artículo 50 de la Ley Ambiental del Distrito Federal), y que reconoce no haber efectuado por estimarla innecesaria en el resolutivo de la Secretaría de Medio Ambiente (página 10, considerando VII). Consideramos que se debe efectuar una nueva Manifestación de Impacto Ambiental, donde no haya conflicto de interés entre la empresa consultora y la agencia reguladora de medio ambiente.

En cuarto lugar, hemos de abundar que dicha obra al contener en su trazo barrancas y áreas de captación pluvial para recarga de mantos acuíferos, debe contar con un permiso de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para la concesión y construcción de los cruces por dichas áreas y de ello tenemos la certeza que por lo menos hasta el día 12 de julio del año en curso dicha dependencia federal no cuenta con solicitud alguna, ni por parte de la empresa, ni del gobierno del Distrito Federal y mucho menos con su correspondiente autorización.

Reafirmamos nuestro rechazo a la Supervía la defensa de nuestros derechos humanos violados, nuestro compromiso con una democracia participativa en la que se informe y se consulte oportunamente a la ciudadanía, el llamado para evitar el inicio de trabajos anunciados que únicamente implican el riesgo inminente de una emergencia o desastre a los hogares aledaños.

Concluimos que carecen de sustento legal los pretendidos trabajos de inicio y realización formal de la citada obra de demolición que dará paso a la mencionada obra vial, motivo por el cual en tanto el gobierno del Distrito Federal y la empresa concesionaria no acrediten el cumplimiento de todos y cada uno de los aspectos señalados, en ejercicio de nuestros derechos humanos, mantendremos nuestra oposición a este atentado contra nuestra ciudad.

Ante dicho panorama solicitamos a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal facilitar un proceso de diálogo real donde se presenten los costos y las alternativas a este proyecto, donde los beneficios se analicen por especialistas en materia ambiental, social y urbana.

ProCiudad, ProContreras, miembro del Frente Amplio contra la Supervía- n. 21, 30 de julio, 2010.


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Esta recopilación también puede ser consultada en:
http://centroprodh.org.mx/sididh2008/

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