En Tamaulipas, abren 50 averiguaciones previas contra mujeres que abortaron
Ocho tamaulipecas consignadas penalmente por “el delito de aborto”
Ciudad Victoria, Tamps, 10 dic 09 (CIMAC).- Nayela todavía no se recupera de la pesadilla ni del estigma social de haber sido sujeta a proceso penal acusada de practicarse un aborto clandestino. A sus 18 años de edad, fue condenada a pena de cárcel, mientras su esposo, Martín Rosales Tovar, de 19 años y quien le habría dado “dos pastillas” para provocárselo, declaró ella, fue puesto en libertad.
El hecho, investigado por las autoridades judiciales ante el hallazgo de un feto en la vía pública, llevó a la prisión a Nayela, a quien se dictó sentencia, de acuerdo al artículo 357 del Código Penal del estado, capítulo VII, el cual tipifica como delito el aborto cometido “en cualquier momento de la preñez” cuya sanción consta de uno a cinco años de prisión “a la mujer que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar”.
Pese a que el artículo 358 del mismo Código establece que se impondrá sanción de uno a cinco años de prisión “al que hiciere abortar a una mujer con el consentimiento de ella. Y cuando no hubiera consentimiento, la prisión será de tres a seis años. Mayor aún, hasta los ocho años, si mediare violencia física o moral", el esposo de Nayela, quien le proporcionara dos pastillas para abortar, no fue encarcelado.
Ella ha pagado con cárcel “su pecado”, como ella misma definió a lo que le ha sucedido y que aún la mantiene en reclusión en el penal de la capital tamaulipeca.
Pero no es la única; de acuerdo a los datos estadísticos manejados por las autoridades judiciales y reportados al Congreso del estado; en Tamaulipas existen 50 mujeres con averiguación previa iniciada por el delito de aborto, de las cuales 8 están consignadas penalmente.
La propuesta de adición y reforma a los artículos 357, 358 y 360 respectivamente, del Código Penal Tamaulipeco, presentada ayer en el congreso,establece un aumento en la pena de cárcel para “quien haga abortar a una mujer con su consentimiento” de cuatro a cinco años (actualmente la pena es de uno a cinco años).
Cuando no haya consentimiento de la mujer, la pena se incrementará de cinco a siete años, y si además existiera violencia física o moral, el castigo penal se eleva de seis a ocho años de cárcel.
La legisladora priista del congreso local de Tamaulipas, Magdalena Peraza -una de las principales impulsoras de las reformas para proteger la vida desde el momento de la concepción y para reformar el Código Penal- propuso sustituir la pena de cárcel por un “tratamiento médico integral”.
De aprobarse la reforma al artículo 360, a los médicos, parteros o enfermeros que practiquen un aborto, se les suspenderá la licencia para ejercer su profesión por un periodo de tres a seis años.
El día de ayer legisladores de los Partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, presentaron en el congreso de Tamaulipas, la iniciativa para reconocer y proteger la vida desde el momento de la fecundación y hasta la muerte natural, así como las reformas al Código Penal, misma que fue turnada a las Comisiones de Puntos Constitucionales y Justicia y de Derechos Humanos.
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