Las entidades se verían afectadas al reducirse el Fondo de Fomento Municipal
Jueves 7 de abril de 2011, p. 19
Con apoyo en la reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que prohíbe los contratos riesgo o contratos incentivados, basados en la renta petrolera y participación por la venta de crudo, cinco municipios del estado de Tabasco presentaron sendas controversias constitucionales en contra del Presidente de la República y de Petróleos Mexicanos (Pemex) por la emisión de la licitación pública internacional de contratos incentivados que permitirán a empresas extranjeras sustituir a la paraestatal en la exploración, explotación y producción de hidrocarburos.
Con el argumento de que el nuevo esquema de contratos afectará la hacienda municipal de Cunduacán, Xalapa, Jonuta, Paraíso y Tenosique, los demandantes consideraron que la renta petrolera integra la recaudación federal participable, y un porcentaje de esta recaudación le corresponde a los municipios (a través del Fondo de Fomento Municipal, que se reparte entre todos los ayuntamientos del país)
, de manera que si, como resultado de los nuevos contratos disminuyen los excedentes petroleros, también bajarán las participaciones federales que reciban los quejosos.
La demanda interpuesta ayer ante el máximo tribunal por Claudia Sheinbaum, integrante del llamado gobierno legítimo que encabeza Andrés Manuel López Obrador; la senadora por Tabasco Rosalinda López Hernández, y el diputado federal Agustín Guerrero, y por los presidentes y/o funcionarios de los municipios de Cunduacán, Xalapa, Jonuta, Paraíso y Tenosique, Tabasco, solicita a la Corte que declare la invalidez de la Licitación Pública Internacional Abierta 18575062-512-11 –aprobada por el consejo de administración de Pemex el 24 de noviembre de 2010, con el voto disidente del consejero profesional Rogelio Gasca Neri–, que pretende concesionar a la iniciativa privada los servicios para la evaluación, desarrollo y producción
de crudo en las áreas de Magallanes, Carrizo y Santuario, en la región sur de Tabasco.
Solicitaron a la Corte la suspensión del proceso de licitación en tanto el máximo tribunal no resuelva las controversias, lo cual puede tardar alrededor de un año.
Advierten que con este nuevo esquema el contratista sustituirá a Pemex en la exploración, explotación y elaboración de hidrocarburos, así como en el transporte y almacenamiento que interconectan la explotación con la elaboración de los mismos
, que están reservadas en la Constitución exclusivamente al Estado; además de que son perjudiciales para la hacienda pública y, por tanto, los afectarán al disminuir las partidas presupuestales destinadas a los municipios.
En la demanda se incluye el modelo del contrato que firmarían Pemex y las trasnacionales, y hace referencia a diversas violaciones a la Carta Magna como, permitir la ejecución de servicios de evaluación, desarrollo y producción de hidrocarburos y facultar así a la iniciativa privada a desarrollar actividades reservadas al Estado; además de que rompe con la exclusividad del Estado en las áreas estratégicas del petróleo, gas natural y demás hidrocarburos, incluyendo la petroquímica básica
.
Sheinbaum dijo en conferencia de prensa que la reciente decisión de la Suprema Corte en la que avaló las reformas de 2008 sobre los contratos incentivados en la industria petrolera será fundamental para lograr la invalidez de la licitación, porque en aquella ocasión los ministros precisaron que dichos contratos por ningún motivo deberán ser identificados con contratos aceptados en la práctica internacional como modalidades de contratos de riesgo, de asociación o de un porcentaje de las ventas, en las que el contratista participe en la renta petrolera
.
Los contratos impugnados dan lugar a que intereses extranjeros tengan injerencia en decisiones reservadas al Estado en materia de hidrocarburos; que la industria extranjera participe en toda la cadena petrolera
y que acapare parte de la renta petrolera asociada a los hidrocarburos localizados en el área del contrato, afirman.
Y es que, según el contrato, el monto mensual que pagará Pemex se basará, entre otras cosas, en el precio de referencia del petróleo West Texas Sour del mes anterior del cálculo (que es variable).
Cuestionan que si hay alguna diferencia entre la paraestatal y los contratistas, el caso se lleve ante cortes internacionales y no se respete la jurisdicción nacional.
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