Nueve años de prisión injusta para 5 personas víctimas de tortura
- Magistrados del Sexto Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito pueden decretar inocencia de víctimas de tortura.
El Colectivo contra la Tortura y la Impunidad (CCTI y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) emitieron el pasado 18 de enero un comunicado en el que señalan la detención arbitraria de Jorge Hernández Mora, Mario Ricardo Antonio Almanza Cerriteño, Sergio Rodríguez Rosas, José María Cirilo Ramos Tenorio y Oswaldo Francisco Rodríguez Salvatierra el 13 de agosto de 2002 por agentes de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala (PGJE).
Las cinco personas fueron trasladadas a instalaciones de la PGJE de Tlaxcala donde las obligaron, mediante torturas, a inculparse en hechos de secuestro en los que no participaron. Las torturas consistieron en golpes en diferentes partes del cuerpo, toques eléctricos, ahogamiento con agua y con bolsas de plástico, refresco Tehuacán en fosas nasales, sujetarlos con vendas entre otras, con el objetivo de hacerlos generar pruebas que los inculparan como grabaciones de voz.
Con evidencias fabricadas por agentes de la PGJE, sin la correcta valoración de las pruebas que ofrecieron los procesados, sin tomar en cuenta sus declaraciones preparatorias en las cuales manifiestan haber sido sometidos a tortura y con versiones contradictorias sobre los hechos por parte de los agentes aprehensores, las cinco personas fueron sentenciadas el 25 de marzo de 2008 a 68 años de prisión y 16 mil 437 días de multa a cada uno, equivalente a un monto de 663 mil 232 pesos.
El 27 de septiembre de 2004 se presentó una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT) la que emitió la recomendación 18/2006 en la que con base en los certificados médicos realizados por peritos médicos de la Comisión Nacional de Derechos humanos (CNDH) reconoció la presencia de lesiones físicas en algunas de las víctimas; sin embargo no realizó estudios médicos psicológicos para comprobar posibles hechos de tortura. En su recomendación la CEDHT, exhortó a la PGJE a que se subsanen las irregularidades en la averiguación previa, practicándose las diligencias que se estimen pertinentes y se determine conforme a derecho corresponda; asimismo, recomienda se tomen en cuenta los criterios de la CEDHT al momento de determinar la averiguación previa, cosa que no ha ocurrido, ya que la averiguación previa sigue abierta y sin que haya habido hasta ahora avances sustanciales.
En la averiguación previa no. 218/2004/TLAX-2 se denunció por abuso de autoridad y tortura a los agentes de la Policía Ministerial del Estado Damián Ortega Rubio, José de Jesús Lima Zárate y Faustino J. Méndez Alcotzi. Sin embargo, hasta el momento y a pesar de las solicitudes de los familiares de los detenidos y las organizaciones Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad (CCTI) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) coadyuvantes en el proceso de denuncia desde 2009, no se ha aplicado el Protocolo de Estambul para la determinación de las torturas y no se han realizado las diligencias necesarias con el fin de consignar a los responsables.
El pasado 15 de diciembre el CCTI y la CMDPDH hicimos del conocimiento del Sr. Juan Méndez, Relator Especial sobre la cuestión de la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas el caso de tortura de las cinco personas en Tlaxcala.
El martes 16 de noviembre de 2010, el representante legal de las cinco personas en colaboración con la CMDPDH y el CCTI, presentó un amparo directo alegando todas las violaciones al debido proceso que existieron desde la detención de las personas que nos referimos, el cual el día 4 de enero se turnó a los magistrados del Sexto Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito y está pendiente de resolución, a cargo del magistrado Roberto Lara Hernández.
El CCTI y la CMDPDH manifestamos nuestra preocupación por este caso ya que en él, durante el momento de la detención y en el curso del proceso penal se cometieron violaciones graves a los derechos humanos de esas cinco personas.
Por lo anterior, las organizaciones coadyuvantes en el proceso:
- Exhortamos a los magistrados del Sexto Tribunal Colegiado en materia penal del Primer Circuito a que analicen y resuelvan sobre la libertad de las 5 personas, en particular ponderando la evidencia de tortura y violaciones al debido proceso.
- Exhortamos al Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala a que a la brevedad gire sus instrucciones a fin de acordar la realización del Protocolo de Estambul a las cinco personas a que nos referimos por peritos independientes que designó ya la coadyuvancia en distintas actuaciones.
Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad A.C., CCTI
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C., CMDPDH
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