Diputados consideran que esos convenios violan la Constitución
Martes 30 de noviembre de 2010, p. 13
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inicia este martes la discusión de la controversia constitucional que interpuso la Cámara de Diputados en contra de los llamados contratos incentivados
, los cuales permiten la participación de la iniciativa privada en ciertas áreas de las exploración y explotación de petróleo. Trascendió que hay ministros que consideran que la propiedad del Estado sobre los hidrocarburos es irrenunciable y que es inadmisible que Pemex pague a empresas privadas con porcentaje de las ganancias obtenidas con la producción del energético.
El pago que haga la paraestatal debe compensar por los servicios que prestan las empresas, pero sin comprometer la renta petrolera, sostienen.
El pleno revisará la controversia que presentó la Cámara de Diputados en contra del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos, emitido por el presidente Felipe Calderón el 3 de septiembre de 2009, específicamente de los artículos 2, fracción I y IX, 14, 26, 27, 33, 40, 41, 62,70, 71 y 72.
El pleno revisará, entre otras cosas, la constitucionalidad de los contratos incentivados
, los cuales ya fueron aprobados por el consejo de administración de Pemex con base en la reforma energética que aprobaron panistas y priístas en 2008.
La Jornada publicó el pasado domingo las declaraciones de Rogelio Gasca Neri, el único integrante del consejo de administración de la paraestatal que votó en contra de la puesta en marcha de dichos contratos, quien aseveró que se trata de una nueva forma de contratación de proyectos en áreas estratégicas de Pemex, la cual abre la puerta a que empresas privadas se apropien de la renta petrolera.
Los contratos son ilegales, fueron aprobados con premura y antes de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre la controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados, advirtió Gasca Neri. Explicó que dicho instrumento permite a las empresas privadas realizar para Pemex trabajos de exploración y producción de petróleo a cambio de una remuneración en efectivo, con el incentivo de aumentar sus ingresos si logran metas arriba de las pactadas, pese a que dichos trabajos se encuentran reservados al Estado por la Constitución.
Gasca Neri señaló que es preocupante que en este modelo de contrato se incluya el pago de una tarifa por barril extraído por el contratista, porque existe estrecha correlación entre el precio del crudo y la remuneración del contratista, lo que difícilmente se puede disociar del concepto de compartir la renta petrolera, lo cual está prohibido por la Constitución
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