3 nov 2010

Ferrocarrileros jubilados hace 10 años exigen que les dejen de descontar cuotas sindicales

La JFCA falló en su contra este año, afirman; demandan saber quién se beneficia con los cobros

E. Méndez y R. Garduño
Periódico La Jornada
Miércoles 3 de noviembre de 2010, p. 15

A trabajadores de Ferrocarriles Nacionales (Ferronales) que recibieron sus liquidaciones hace más de una década hasta la fecha les siguen descontando cuotas sindicales, y aun cuando este gremio de jubilados emprendió una demanda común ante tribunales laborales para que cese dicha irregularidad que engrosa los bolsillos de líderes del sector, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JLCA) falló en su contra.

La Federación de Ferrocarrileros Jubilados comenzó un proceso legal en 2007 para demandar que finalicen los descuentos de cuotas sindicales; les devuelvan las que les quitaron en 1997 y 1998 –cuando se dieron por terminadas las relaciones colectivas de trabajo– y reclamó incluso el pago de los intereses generados por estos descuentos ilegales.

Sin embargo, la Junta Especial número 4 de la JFCA, emitió en este año un laudo en el que da la razón al Sindicato de Trabajadores de Ferrocarrileros de la República Mexicana –lidereado por Víctor Fuentes Morales– y la empresa Ferrocarriles Nacionales en Liquidación, para que sigan aplicando este cobro a las pensiones de los jubilados, pues según señala, ambos fundaron su derecho a descontar las cuotas.

La Federación interpondrá un recurso de inconformidad contra esta resolución de la junta, pues según informó, es ilegal que les quiten recursos, que se presupone van a parar a las manos de líderes como Flores Morales, quien se ha relecto desde 1993, consecutivamente, en procesos poco claros y tiene toma de nota hasta 2012, si no es que se vuelve a relegir de nuevo.

No obstante, han solicitado información oficial de a quiénes han sido entregados los recursos y la empresa en liquidación se las ha negado.

Según copia del expediente 75/07 de la JFCA, los jubilados argumentaron que el contrato colectivo de trabajo que se tenía con el sindicato ferrocarrilero dejó de tener vigencia cuando se dieron por terminadas las relaciones laborales; además, no existe sindicato para los jubilados y hay falta de transparencia de a quién se les están entregando las cuotas que hasta la fecha les han descontado.

Los jubilados incluso solicitaron a la Secretaría del Trabajo información de si son miembros del Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, pues no están en el padrón de socios de esta organización, pues de ser así, tendrían la obligación de pagar cuotas, pero también podrían participar de las elecciones y de todo lo que tiene ver con la vida sindical, sin embargo, la dependencia señaló que esta representación nacional de jubilados no tenía facultades para hacer esta petición.

Los ferrocarrileros jubilados incluso pidieron a la empresa Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación informar a quién o quiénes se les estaban entregando las cuotas que les descuentan, pero también se les negó esta información.

El laudo señala que el Sindicato Ferrocarrilero acreditó fehacientemente su existencia legal, mediante la toma de nota del 4 de febrero y tendrá duración de 99 años a partir de su fecha de constitución.

El personal jubilado de la empresa de acuerdo con el artículo 24 de sus estatutos cuenta con derechos y obligaciones y una de ellas es seguir pagando las referidas cuotas.

2 comentarios:

  1. lA DECISION DE LA JUNTA DE ESTE DICTAMEN FUE COSULTADO QOR LA PRESIDENTA DE LA JUTA ESPESIAL NUMERO 4 EN DIVERSOS TRIBUNALES EN MATERIA DE TRABAJO EN DONDE NO OBSTANTE QUE EN LA AUDENCIA CONFECIONAL EN DONE VICTOR FLORES CONTESTA APREGUNTA EXPRESA DE CUANTOS SOCIOS PERTENECEN AL SINDICATO FERROCARRILEROS DE VIVA VOS QUE SOLAMENTE 11344 QUE SON LOS QUE ESTAN REGISTRADOS EN EL PADRON QUE SE INGRESA ALA S. T. P. S. por lo que es inexplicable la resolucion de la junta; por que la pregunta por sentido comun, ¿como justifica el sindicato juridicamente de que los jubilados son socios si no se estan registrados ante la S. T.P . S. ? o habra otra razon juridica.

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  2. JOSE JUAN REYES TREVIÑO25 de diciembre de 2010, 5:16 p.m.

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