24 sept 2010

Reporte del Centro ProDH

Es liberado Gabriel Ulises Valdéz Larqué, falsamente vinculado al caso del francés Christopher Augur

* Gabriel Ulises fue detenido de manera arbitraria por policías capitalinos en enero de 2009.
* La Comisión Derechos Humanos del Distrito Federal emitió una recomendación que señaló la detención arbitraria por parte de la Secretaría de Seguridad Pública del D.F.

Centro Prodh/ Simón Hernández

El día de ayer el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Distrito Federal confirmó un amparo que ordena la inmediata liberación del sacerdote católico tridentino Gabriel Ulises Valdez Larqué. Este amparo, contra el auto de formal prisión dictado por el Juez Undécimo Penal del Distrito Federal sin elementos suficientes para iniciar un proceso penal en contra del señor Valdez Larqué, fue concedido el pasado 7 de mayo por el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Penal del Distrito Federal.

Gabriel Ulises fue detenido de manera arbitraria por policías capitalinos en enero de 2009. La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) lo exhibió ante los medios de comunicación como integrante de una banda de asaltantes y lo vinculó con el homicidio del científico francés Christopher Augur. La misma Procuraduría solicitó una orden de arraigo, concedida por el Juez Cuadragésimo Segundo de lo Penal en el Distrito Federal al considerarlo probable responsable del robo y homicidio del científico francés.

Al vencer el periodo de arraigo, y dado que no existían elementos para incriminarlo por este ilícito, la PGJDF cambió la imputación inicial por la de robo agravado en perjuicio de Juan Manuel Camarillo Gutiérrez, señalando como coautor material del ilícito a Jorge Luis Reyes Gómez, contra quien fue negada la orden de aprehensión por el Juez Cuadragésimo Octavo de lo Penal en el DF por la insuficiencia de elementos probatorios. Esta nueva investigación se caracterizó por graves deficiencias e irregularidades, sin embargo el Juez Undécimo Penal del Distrito Federal decidió girar la orden de aprehensión.

Gabriel Ulises ya había recuperado su libertad después del arraigo de 30 días que le fuera dictado. Sin embargo las autoridades ministeriales, con apoyo de la policía judicial, obstaculizaron su salida hasta el momento en que el juez decidió ordenar su detención material. Entonces fue trasladado al Reclusorio Preventivo Varonil Norte donde permanece privado de su libertad hasta el día de hoy.

Pese a que la imputación había cambiado la PGJDF siguió informando a la opinión pública que Gabriel Ulises se encontraba procesado por los ilícitos cometidos en contra del ciudadano francés.

El mismo Juez Undécimo Penal, ante quien fue consignado, dictó auto de formal prisión el 9 de marzo de 2009. Se basó principalmente en las investigaciones y pruebas relacionadas con el asalto y homicidio del científico francés. La defensa de Valdez Larqué interpuso juicio de amparo ya que se le sometía a proceso con elementos de prueba que no correspondían a la nueva acusación. El amparo fue concedido el 22 de septiembre de 2009 por el Décimo Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia Penal; se ordenó al juez dejar sin efecto su resolución y emitir que excluyera las pruebas que no guardaban relación con la acusación.

A pesar de este amparo, el 2 de octubre el juez dictó nuevo auto de formal prisión sin atender a lo ordenado por el Tribunal Colegiado. Llegó al extremo de restar valor probatorio, con base en juicios morales carentes de sustento que descalifican la probidad de quienes profesan la misma fe de Gabriel Ulises, a los testimonios de personas que declararon en su favor y que lo ubican el día y hora de los supuestos hechos en un lugar distinto.

Ante el desacato la defensa se inconformó. El Juez Sexto de Distrito en Materia de Amparo Federal determinó que el Juez Undécimo no había acatado el fallo del Tribunal Colegiado por lo que ordenó dictar nuevo auto de plazo constitucional. Pero este requerimiento fue desacatado una vez más y el 21 de octubre se dictó la formal prisión. La defensa presentó su queja en dos ocasiones más; a éstas correspondió el juez dictando auto de formal prisión los días 12 y 20 de noviembre. El juez federal tuvo por cumplida la ejecutoria de amparo en la última de éstas resoluciones.

Contra el auto de formal prisión del que ya se excluían las probanzas que no guardaban relación con el proceso, la defensa interpuso un nuevo juicio de amparo, fundamentalmente porque la presunta víctima había variado sus declaraciones y había incurrido en contradicciones notables, entre ellas la fecha en que supuestamente reconoció a Gabriel Ulises como asaltante, sus características físicas, las circunstancias de modo, tiempo y lugar del asalto y el no poder reconocer cómo huyeron, ni recordar el modelo y placas del auto en que se fugaron, entre otras.

El 7 de mayo pasado el Juez Séptimo de Distrito en Materia Penal del Distrito Federal otorgó lisa y llanamente el amparo y protección de la justicia federal por considerar que no había elementos suficientes para procesar a Gabriel Ulises. Valoró que la denuncia del ofendido (Camarillo Gutiérrez) era un testimonio aislado que no se encontraba robustecido con otros medios de prueba. También razonó que existían contradicciones evidentes entre la media filiación asentada inicialmente y la de Gabriel Ulises Valdéz Larqué. Encontró también que el reconocimiento de éste no se realizó conforme a las formalidades que exige el procedimiento, es decir, la confrontación, lo cual presupone inducción por parte de la Procuraduría al supuesto ofendido.

Por estos hechos la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal emitió la Recomendación 6/2010 al acreditar la detención arbitraria por parte de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la exposición pública en los medios de comunicación como integrante de un grupo delictivo, las irregularidades en la integración de la averiguación previa realizada por la PGJDF y el manejo mediático del caso de Christopher Augur, al que siempre se le vinculó aun cuando su situación jurídica ya había cambiado al no existir elemento alguno que lo relacionara con estos hechos.

Pese a las irregularidades evidentes, el Ministerio Público Federal interpuso un recurso de revisión contra el amparo. La revisión fue resuelta el día de ayer por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Distrito Federal que determinó confirmar el amparo y dejar en libertad de manera inmediata al señor Valdez Larqué.

Gabriel Ulises ha sido liberado el día de hoy. Nos congratulamos por este hecho que supone un paso en la restitución de sus derechos humanos. Sin embargo su caso es una muestra clara de que persisten en el sistema de procuración y administración de justicia del Distrito Federal graves deficiencias. En concreto la falta de probidad, seriedad, objetividad y respeto a los derechos humanos en las investigaciones ministeriales, que permiten que personas en condiciones económicas y sociales desventajosas sean procesadas sin los mínimos elementos de prueba y con nulo respeto al derecho de presunción de inocencia.

La liberación de Gabriel Ulises no exime a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y la Procuraduría General de Justicia de acatar las recomendaciones realizadas por el Ombudsman capitalio en su recomendación 6/2010, entre ellas la investigación y sanción de los funcionarios públicos involucrados y la emisión de una disculpa pública.


Esta recopilación también puede ser consultada en:
http://centroprodh.org.mx/sididh2008/

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