Suprema Corte evade acotar el fuero militar
• Uno de los resolutivos de la Corte Interamericana exige a los jueces mexicanos garantizar que delitos de militares contra civiles sean juzgados en el fuero civil y no en el de guerra.
El 25 de agosto de 1974, fue detenido ilegalmente en un retén militar Rosendo Radilla Pacheco, quien fue visto por última vez en el Ex Cuartel Militar de Atoyac de Álvarez, Guerrero. Radilla fue un destacado y querido líder social del municipio de Atoyac de Álvarez, Guerrero, quien trabajó por la salud y educación de su pueblo y fungió como presidente Municipal. Es en el contexto de la "Guerra sucia" que se da su detención. Treinta y cuatro años después, su paradero sigue siendo desconocido.
El 15 de noviembre de 2001 se presentó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y fue hasta el 6 de julio de 2009 que se llevó a cabo la Audiencia ante la Corte Interamericana (CI). El 23 de noviembre la CoIDH emitió la Sentencia sobre el caso, condenando al Estado mexicano por graves violaciones a los Derechos Humanos.
Uno de los resolutivos de la CI planteaba que cuando un elemento castrense sea acusado de cometer un delito en agravio de civiles sea juzgado en el fuero común. El proyecto del ministro Cossío proponía acatar la sentencia de la CIDH sobre el caso Radilla.
El día de ayer, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación evitó por mayoría analizar la constitucionalidad del fuero militar.
Los ministros desecharon el proyecto elaborado por dicho ministro, en el cual proponía que el Poder Judicial de la Federación (PJF) acatara la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la que condenó al Estado mexicano por la violación a los derechos de Rosendo Radilla, quien aún se encuentra desaparecido.
Al respecto precisamente, uno de los resolutivos de la CIDH tiene que ver con el hecho de que los jueces mexicanos garanticen que cuando un militar sea acusado de cometer un delito en agravio de civiles, éste sea juzgado en el fuero civil, "y en ninguna circunstancia en el fuero de guerra."
Tanto le preocupó el tema al ministro Sergio Aguirre, que planteó que cuando se revise el tema de fondo sea en "sesión privada", porque se trata de un asunto "morrocotudo". El pleno del llamado poder de la transparencia decidirá en su momento si acepta o no la propuesta.
Después de cuatro sesiones, el pleno encontró ayer nuevos elementos para no analizar el fondo del proyecto de Cossío, que planteaba la obligación de la SCJN de acatar la sentencia en la parte que concierne a las recomendaciones hechas al PJF, por lo que resolvió desechar el documento de Cossío y designar a Margarita Luna Ramos para que elabore un nuevo dictamen en el que, exclusivamente, señale que se resolvió la consulta a trámite planteada por el ministro presidente, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, sobre el caso Rosendo Radilla. Una vez que Luna elabore su documento, entonces se turnará el asunto a otro ministro para que elabore un proyecto en el que el tema inicial sea si la sentencia de la CIDH "es ejecutable o no ejecutable" y si la Corte se extralimitó en su sentencia al no tomar en cuenta –como lo aseguró Aguirre– las reservas que incluyó el gobierno mexicano en materia de fuero militar para aceptar la jurisdicción del organismo interamericano.
Sólo después de superar esos temas, el pleno abarcaría lo relativo al fuero castrense y la obligación de los jueces mexicanos de evitar que los procesos penales en los que un soldado sea acusado de cometer un delito en agravio de civiles sea juzgado en el fuero militar.
Cossío, Juan N. Silva Meza y Olga Sánchez Cordero reiteraron su postura en favor de acatar la recomendación y apoyaron el proyecto original. Arturo Zaldívar aclaró después de la votación que en el fondo tiene grandes coincidencias con el proyecto (de Cossío).
Aguirre descalificó a la CIDH, al señalar: "Poco le faltó para ordenar que se modificara la Constitución, pero para mí, lo que es el desborde más radical, y pienso yo que es inaceptable, es desechar la reserva expresa."
Sin embargo, Silva Meza puso en duda la aseveración de Aguirre: "Habría que ver si es cierto o no que México hizo reserva en relación al fuero militar".
El Estado mexicano y la SCJN tienen de límite el 15 de diciembre para notificar a la CIDH sobre la aceptación, y en qué términos, de la sentencia del caso Rosendo Radilla.
Libres e inocentes, las 7 mujeres acusadas de homicidio por aborto en Guanajuato
Al fin fueron puestas en libertad las siete mujeres que habrían recuperado su libertad hasta después de 25 a 29 años de prisión por haber sufrido abortos espontáneos. Fueron acusadas de homicidio en razón de parentesco. Sin embargo, ayer entró en vigor la reforma penal que reduce el castigo por ese delito.
María Araceli Camargo Juárez, Ofelia Segura Frías, Yolanda Martínez Montoya, Liliana Morales Moreno, Ana Rosa Padrón Alarcón, Susana Dueñas Rocha y Bonifacia Andrade Hurtado abandonaron las celdas la tarde de ayer, donde pasaron entre dos y nueve años de su vida.
Inmersas en un fuerte dispositivo de seguridad, madres, hermanas y amigas atestiguaron los momentos en que los custodios abrían las rejas a las mujeres de 21 a 39 años de edad.
El centro Las Libres denunció el 20 de julio que a siete mujeres que abortaron en Guanajuato se les configuró otro delito y condenó a 25 y 29 años de prisión, lo que generó protestas sociales, una investigación de la Procuraduría de Derechos Humanos, otra de la ONU y la reforma penal que reduce la pena por homicidio en razón de parentesco, que culminó con su liberación.
La directora del centro Las Libres, Verónica Cruz, comentó que el gobernador jamás admitió la criminalización de las mujeres por aborto, pero "estamos contentas con que estén libres, eso es lo que finalmente importa".
Esta recopilación también puede ser consultada en:
http://centroprodh.org.mx/sididh2008/
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